El recaudo de las publicaciones periodísticas en la sede de los medios resulta innecesaria, pues estas son de dominio público. Por otro lado, solicitar o pretender acceder a los documentos de soporte de la publicación pone en serio riesgo el secreto profesional y a las fuentes. Además estas acciones pueden tener un efecto disuasivo y de autocensura para los medios de comunicación y periodistas que informan y opinan sobre asuntos de alto interés público. De acuerdo con el Relator Especial de la ONU “el uso de las facultades administrativas o medios indirectos por parte del estado para intentar censurar o restringir el alcance de los medios de comunicación es inaceptable y contraviene los estándares internacionales de libertad de expresión”. |
Buscar en RED METROnet.
Carta pública a la Fiscalía General por inspección a la revista Cambio
La fiesta de la palabra: exposición en homenaje a Juan Gustavo Cobo Borda
Suscribirse a:
Entradas (Atom)
IMPORTANTE.
Harina de ahuyama, alternativa para la seguridad alimentaria en Puerto Carreño
Pequeños productores en la capital de Vichada trabajan con la estrategia AgroSENA para la transformación de esta hortaliza, a través de la ...